Justicia argentina rechaza por inconstitucional decreto de Milei que limitaba el derecho a huelga
Se cuestiona que el decreto no revestía el carácter de «necesidad y urgencia»
La justicia argentina declaró inconstitucional un decreto del presidente Javier Milei que limitaba el derecho a huelga en varias actividades al considerarlas esenciales, según un fallo divulgado este lunes.
En sus fundamentos, la justicia entendió que no estaban dadas las condiciones «de rigurosa excepcionalidad» para que el Poder Ejecutivo avanzara en atribuciones que son del Congreso.
La Confederación General del Trabajo (CGT) había presentado un amparo contra el decreto presidencial por considerarlo violatorio de los estatutos laborales y del derecho a huelga establecido en la Constitución.
El decreto ampliaba el número de actividades que se consideran esenciales y por lo tanto forzadas a prestar servicios durante una medida de fuerza, entre ellas la marina mercante y las telecomunicaciones.
La justicia cuestionó que el decreto no revestía el carácter de «necesidad y urgencia» que debe cumplir y que fue emitido mientras el Congreso estaba en pleno funcionamiento, lo que no le impedía al Ejecutivo enviar un proyecto de ley para un eventual debate en el Legislativo.
«No se verifican circunstancias excepcionales ni situaciones de necesidad y urgencia que hayan impedido el trámite constitucional de sanción de las leyes», sostuvo la jueza Moira Fullana al invalidar la medida presidencial.
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La justicia ya había suspendido la aplicación del decreto y se expidió ahora sobre la cuestión de fondo al dejarlo sin efecto por inconstitucional.
El polémico decreto creaba además la categoría de actividades de «importancia transcendental», entre las que incluía el transporte de personas, la construcción. la industria alimenticia y la gastronomía, a las que también limitaba el derecho de huelga.
Al asumir en diciembre de 2023, Milei publicó un megadecreto que incluía un capítulo laboral con las mismas medidas, pero fue suspendido por la justicia en agosto de 2024 por inconstitucional, una decisión que aún debe analizar la Corte Suprema.
La magistrada Fullana es la misma que suspendió la semana pasada otra medida del Ejecutivo que eliminaba un día feriado para los empleados públicos nacionales, prerrogativa que tienen la mayoría de los empleados del resto de los sectores, pero que el Ejecutivo consideró «un privilegio».
El gobierno apeló este fallo.
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